Julio 19 de 2022

Grupo de expertos israelíes busca crear ´visa para judíos de la Diáspora´

POR: Zvika Klein

                            Judíos de la Diáspora en el Aeropuerto Ben-Gurion después de hacer Aliyah a Israel.

La Ley de Retorno de Israel originalmente permitía que personas que fueran judías, o que tuvieran abuelos judíos, inmigraran a Israel y se convirtieran automáticamente en ciudadanos.

¨No hay razón para reconocer automáticamente al nieto de un judío sin ninguna afinidad con Israel como un potencial ciudadano israelí¨. Eso dijo el domingo un miembro de un grupo de expertos israelí, que coescribió un artículo que sugería cambios menores a la Ley de Retorno de Israel.

El Centro de Judaísmo y Política Estatal en el Instituto Hartman en Jerusalem publicará pronto el artículo de política.

La Ley de Retorno de Israel, que fue aprobada en 1950, permitía originalmente que las personas que eran judías o que tenían abuelos judíos, tuvieran la posibilidad de emigrar a Israel y recibir automáticamente la ciudadanía. La ley fue modificada en 1970 para decir que las personas con al menos un abuelo judío o alguien que está casado con judío, ya sea o no considerado judío bajo la ley judía, también puede recibir la ciudadanía automáticamente.

¨Esta alternativa reconoce la secuencia judía con el propósito de examinar la elegibilidad para la ciudadanía bajo la Ley de Retorno¨, afirma el artículo, ¨y, por lo tanto, la respuesta a la pregunta ´¿Quién es un judío?´ no es uniforme, sino que se extiende a una secuencia de posibles identidades¨.

El artículo sugiere distinguir entre tres ¨círculos¨ que pertenecen al estado personal.

Tani Frank, director del Centro de Judaísmo y Política Estatal en el Instituto Hartman.

¨El primer círculo tiene un componente biológico¨, le dijo a The Jerusalem Post el director del centro, Tani Frank. ¨Si eres un judío de acuerdo con la definición aceptada, recibirás la ciudadanía¨.

El segundo círculo se relaciona con el hijo, nieto o bisnieto de un judío, y sus cónyuges.

¨Nuestra ley propuesta establecerá que todas estas personas mencionadas son bienvenidas para hacer aliyah, pero no recibirán automáticamente la ciudadanía. Por supuesto se pueden convertir en ciudadanos, pero a través de un procedimiento gradual, o visa de residencia¨, explicó.

Frank y su equipo sugieren ofrecer a estos descendientes de judíos un ¨procedimiento gradual¨ que es similar a la Ley de Entrada a Israel para aquellos que no son judíos. Por ejemplo, un israelí con un cónyuge no judío del extranjero que quiere vivir en Israel no recibe la ciudadanía automáticamente.

¨Queremos ofrecer un proceso más complejo y gradual que es aceptable en muchos países, ya que se quiere ver si el solicitante tiene algún tipo de conexión o afinidad con el país antes de otorgarle automáticamente la ciudadanía¨, dijo Frank.

Parámetros para los ciudadanos israelíes

El artículo de política identifica tres parámetros para definir a estos hijos o nietos de judíos para determinar si se les debería permitir convertirse en ciudadanos israelíes. El primer parámetro es ¨la afinidad para aquellos que ya ¨tienen derecho a regresar´ o para un ciudadano israelí¨, dijo.

El segundo parámetro es la afinidad con la comunidad judía en el país de origen de la persona, que el artículo dice ¨reducirá la longitud de tiempo necesario para que él o ella¨ obtengan la ciudadanía en el proceso gradual. Sin embargo, ¨Si él o ella no tienen afiliación con una comunidad judía, necesitarán [continuar] por un período de tiempo más largo¨, hasta que reciban la aprobación para inmigrar.

El tercer parámetro es ¨persecución o angustia por motivos antisemitas¨. Según el artículo, ¨En el caso donde la inmigración al Estado de Israel tiene lugar por motivos de persecución antisemita o sufrimiento o angustia resultantes del origen judío del inmigrante, la longitud del procedimiento gradual se disminuirá¨.

Finalmente, el tercer círculo involucra ¨a todas las personas elegibles que no desean llevar a cabo el proceso de ciudadanía¨, dijo Frank. El artículo de política recomienda crear ¨una visa extendida de residencia para los judíos de la Diáspora¨. En este círculo, se agrega otro nivel a la clara elegibilidad de un judío para hacer aliyah.

¨El primero y segundo círculo de ciudadanos no israelíes tendrán derecho a una ¨visa para judíos de la Diáspora¨ que les permitirá entrar a Israel en cualquier momento y quedarse en el país hasta tres años¨. Según Frank, al ofrecer dicha visa, ¨el tercer círculo básicamente abre las puertas de Israel a los judíos de la Diáspora, a fin de obtener un estatus temporal en Israel, incluso sin la emisión de la ciudadanía¨.

La Ley de Retorno ¨determina actualmente el contexto legal de cómo ve la legislatura israelí a la judería de la Diáspora¨, explica Frank. ¨A través del derecho a la aliyah, las personas judías son definidas y se establece una línea roja visible. La ley ciertamente no describe a las personas judías de una manera halájica (ley judía), ya que la ley reconoce la conversión de todas las tres corrientes del judaísmo¨.

Frank señaló que la última modificación a la ley fue hecha hace más de 50 años.

¨Desde 1970¨, dijo, ¨muchas cosas han cambiado en el mundo y, por supuesto, en el mundo judío, no obstante, la ley permanece intacta¨.

Aunque Frank y su equipo están de acuerdo en que se necesita una alteración a la Ley de Retorno actual, están en contra de la cancelación de la enmienda de 1970 que amplió los grupos de personas que son elegibles para inmigrar.

Una conferencia titulada ¨Una Mirada Actualizada a la Ley de Retorno¨ está programada para tener lugar en el Instituto Hartman en Jerusalem el lunes, organizada por el Centro de Judaísmo y Política Estatal. Dos paneles discutirán tópicos respecto a la ley con una perspectiva sobre la ciudadanía y sobre las relaciones judío-diáspora. A la conferencia asistirán el ministro de inteligencia, Elazar Stern, así como parlamentarios de varios partidos.

 

Traducción:Comunidad Judía de Guayaquil
Fuente: The Jerusalem Post

 

 

 



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